jueves, 28 de febrero de 2013

EXPULSION Y EXCLUSION EN LAS COOPERATIVAS



 Ley de Cooperativas, actualmente derogada en el Ecuador distinguía entre la expulsión y la exclusión de un socio. La primera era una sanción más drástica e inhabilitaba a la persona para poder ingresar a cooperativa alguna, quedaba marginado del cooperativismo. En la actualidad, en la nueva Ley de la Economía Popular y Solidaria, únicamente se habla de la exclusión de un socio, es decir a una de las formas mediante la cual un socio se separa de una Cooperativas. Pero además es interesante notar como el trámite de aplicación de la exclusión se ha modificado, pues ahora corresponde únicamente a la Asamblea General la imposición de sanción, en tanto que con anterioridad podía hacerlo el Consejo de Administración. Ahora el Consejo de Administración puede imponer únicamente sanciones por infracciones menos graves.

No obstante ni la Ley ni el Reglamento establecen un trámite de la exclusión que garantice el debido proceso, en cuya virtud es muy necesario que de4ntro de los nuevos Estatutos que deben dictar todas las cooperativas, se incluya un capítulo relacionado con el trámite de exclusión.

Bien valdría entonces ensayar una especie de normativa estatutaria para la exclusión de los socios, que nos parece podría seguir la siguiente normativa:

La exclusión de un socio es la máxima sanción impuesta por la Ley y una de las formas de perder la calidad de socio, conforme con el Art. 30 de la ley de la Economía Popular y Solidaria El Art. 177 Ibídem establece que las infracciones prescriben en el plazo de tres años, transcurrido el tiempo antes dicho ya no se podrá aplicar sanción alguna por una infracción cometida por un socio. De acuerdo a la nueva legislación ya no existe la pena de expulsión.

La exclusión de un socio será resuelta por la Asamblea General, en audiencia oral y en un solo debate. De la resolución dictada podrá presentarse recurso de apelación para ante la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria en el término de cinco días.

La Resolución de la Superintendencia causará ejecutoria en la vía administrativa.

La exclusión de un socio podrá iniciarse por una o más de los siguientes medios: por denuncia de cinco o más socios activos, a petición de dos o más vocales del Consejo de Administración, a petición de uno o más vocales del Consejo de Vigilancia, a petición del Presidente de la Cooperativa y del Presidente del Consejo de Vigilancia.

Además es potestativo del Consejo de Administración, el disponer la iniciación del trámite de exclusión de un socio, cuando al momento de juzgar las infracciones cometidas por un socio, considerare que la infracción cometida es susceptibles de exclusión. En tal situación el Consejo designará a los miembros de la Comisión de Trámite respectiva.

La denuncia deberá estar debidamente fundamentada y en la misma se anunciarán las pruebas que se obligará a presentar el denunciante  en el término de cinco días de presentada la denuncia.  La denuncia deberá contar con el auspicio y firma de un Profesional del Derecho.

Presentada la denuncia será calificada por el Consejo de Administración, Organismo que determinará si las causales invocadas por el o los denunciantes constituyen motivo de exclusión y acto seguido designará una Comisión de Trámite, integrada por dos vocales principales y además un socio señalado por el mismo Consejo. El Consejo designará el Presidente de la Comisión. Se dispondrá la iniciación del Sumario Administrativo y se remitirá todo lo actuado a la Comisión de Trámite.

La Comisión de Trámite continuará con la tramitación del Sumario Administrativo, debiendo disponer en primer término que el o los denunciantes reconozcan firma y rúbrica de su denuncia. Luego del reconocimiento de firmas deberá notificar  al o los denunciados, concediéndole el término de cinco días para que contesten la denuncia presentada y previniéndole de la obligación de designar Abogado Defensor y domicilio para notificaciones. La contestación deberá debidamente fundamentada y en la misma deberá anunciar las pruebas que el denunciado presentará como prueba de descargo y que han de ser presentadas en el término de cinco días ante la Comisión de Trámite.

Cumplido el término señalado para la presentación de pruebas por parte del o los denunciantes y del denunciado, la Comisión de Trámite declarará cerrado el Sumario Administrativo y remitirá todo lo actuado al Presidente de la Cooperativa. El Presidente en el término de tres días convocará  a Asamblea General  Extraordinaria de Socios, que deberá llevarse a cabo dentro del término máximo de quince días, en la que constará como único punto del Orden del Día la exclusión de o de los socios.  La fecha convocada para la Asamblea General extraordinaria solo podrá diferirse por una sola vez, en el caso que las dos partes estén de acuerdo.

En el día y hora señalados el Presidente declarará instalada la Asamblea General y dará paso de inmediato al único punto del Orden del día, relacionado con la Exclusión del o de los socios. El Presidente de inmediato concederá la palabra a la parte denunciada, quien realizará su intervención oral por medio de su Abogado Defensor o por si sola, por el tiempo máximo de treinta minutos. A continuación intervendrá una sola persona por la parte denunciante, quien por medio de su Abogado Defensor o por si sola intervendrá para ratificar su denuncia por el tiempo máximo de treinta minutos.

Terminada la primera intervención podrán los miembros de la Asamblea solicitar el uso de la palabra al Presidente de la Asamblea, para formular preguntas o solicitar aclaraciones        a cualquiera de las partes. Su intervención no podrá exceder de cinco minutos y por ningún concepto se aceptarán comentarios o defensa o ataque a ninguna de las partes.

Las partes podrán intervenir por segunda ocasión para el uso de la réplica, intervención que durará un máximo de diez minutos para cada una. Luego de estas intervenciones se declararán cerrados los debates y la Asamblea deliberará por todo el tiempo que sea necesario sin que las partes puedan intervenir por ningún concepto.

Cuando el Presidente de la Asamblea considere suficientemente discutido el punto, cerrara las deliberaciones y solicitará se presente una moción. Presentada la moción y con el poyo de dos personas como minino, pondrá a discusión la moción, por el tiempo máximo de treinta minutos. Terminado el  tiempo establecido el  Presidente solicitará al Secretario tomen votación sobre la moción e informe el resultado.

El Presidente de la Asamblea proclamará el resultado, en cuya virtud se imponga la sanción de exclusión de la Cooperativa o la absolución del denunciado. La motivación escrita del fallo se notificará a las partes, en el término máximo de tres días. Desde la fecha de notificación correrá el término para que la o las partes afectadas presenten su apelación para ante la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria.

 










viernes, 25 de enero de 2013

SEMINARIO TALLER DE ORATORIA FORENSE







SEMINARIO-TALLER DE ORATORIA FORENSE
INSTRUCTOR: DR. BERNARDO JARAMILLO SAENZ  
DIRECCION: Edificio Parlamento: Seis de Diciembre N14-55 y Hnos. Pazmiño, Of.  213
Telfs. 02-2901023,  02-2506543,  082874283
2, 16, 23    FEBRERO
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Inversión por 12 horas: USD 60

CLASES DE ARGUMENTOS EN EL DEBATE JURIDICO
ARGUMENTO ANALÒGICO: SIMIL: Semejanzas
ARGUMENTO CONTRARIO SENSU: Diferencia
ARGUMENTO AD HOMINEM: : Se replica con los mismos argumentos
del contrario
ARGUMENTO AD ABSURDUM: Poner en ridículo al contrario
ARGUMENTO POR EL NEXO CAUSAL : Fundamentarse en las causas
ARGUMENTO PRACMÀTICO: Para juzgar un acto es preciso remitirse a los efectos
ARGUMENTO AD VERECUNDIAM : Fundado en la autoridad o en el experto
ARGUMENTO A MAIORI AD MINUS: Si la ley permite lo mas quiere decir que autoriza lo menos
ARGUMENTO INCONTROVERTIBLE: La inocencia se presume
ARGUMENTO AD LITTERAM: Al pie de la letra
ARGUMENTO AD MISERICORDIAM: Los sentimientos de compasión
ARGUMENTO AD POPULUM: Valores populares y tradiciones
ARGUMENTO AD EXEMPLO: Citar ejemplos como la Jurisprudencia
ARGUMENTO POR LA IGNORANCIA: Por falta de prueba del contrario
ARGUMENTO AD BACULUM: La fuerza de la queja por falta de argumento

viernes, 9 de noviembre de 2012

LA ACCION DE PROTECCION PROTEGE A LOS CIUDADANOS Y NO AL GOBIERNO




Art. 41 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional: “La acción de Protección procede contra:
1.- Todo acto u omisión de una autoridad pública no judicial que viole o haya violado los derechos, que menoscabe, disminuya o anule su goce o ejercicio.
2.- toda política publica, nacional o local, que conlleve la privación del goce o ejercicio de los derechos y garantías
3.- Todo acto u omisión del prestador de servicio público que viole los derechos y garantías
4.- Todo acto de omisión de personas naturales o jurídicas del sector privado, cuando ocurra al menos una de las siguientes circunstancias:
a.- Presten servicios públicos impropios o de interés público
b.- Presten servicios públicos por delegación o concesión
c.- Provoque daño grave
d.- la persona afectada se encuentre en estado de subordinación o indefensión frente a un poder económico, social, cultural, religioso o de cualquier otro tipo.”
Art. 88 de la Constitución de la República:
“La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas publicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales……..”
LA ACCION DE PROTECCION SIRVE PARA PROTEGER A LOS CIUDADANOS CONTRA LOS ABUSOS DEL PODER Y ATROPELLO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES, NO SIRVE PARA QUE EL ESTADO QUE ES LA PARTE FUERTE, DEMANDE A LA PARTE DEBIL QUE SON LAS PERSONAS NATURALES O JURIDICAS DE DERECHO PRIVADO. LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES NO SON PARA EL ESTADO O PARA EL GOBIERNO SINO PARA EL INDEFENSO CIUDADANO.






martes, 23 de octubre de 2012

LOS DIEZ MANDAMIENTOS DEL ORADOR



               DECÁLOGO DEL ORADOR

PRIMERO.- La Palabra viene de Dios y se manifiesta en el   Hombre. Tu deber es regresar a Dios con tu palabra convertida en Oración.

SEGUNDO.-El mejor Orador es el que calla cuando no tiene un  mensaje de verdad y de esperanza.

TERCERO.-Camina por la Vida entregando tu palabra, que cual rayo de luz vaya alumbrando la obscuridad del     mundo.

CUARTO.-Tu vales muy poco como orador, es tu público el que te enaltece cuando tu discurso llega al corazón y a la mente de tus oyentes.

QUINTO.-Piensa para hablar. la palabra dicha queda impresa  en el Cosmos, jamás podrás borrarla.

SEXTO.-Que por tí hablen los que no tienen voz, que son los  pobres, los que sufren, los humildes de corazón

SÉPTIMO.- El Orador no es un profesional de la palabra; es  un devoto de la verdad, la justicia y la paz.

OCTAVO.- Cuando pienses imagina que todo el mundo te oye;  cuando hables imagina que todos escuchan tus               pensamientos.

NOVENO.- Tu palabra debe ser fuego para calcinar al          mentiroso, para fulminar al ladrón, para  exterminar al cínico.

DÉCIMO.- Y después de todo ello no olvides que el mejor      orador, es aquel que deja hablar a los demás, el que no pretende imponerse a sus semejantes


PRUEBA DE ATENCION Y COMPRENSION

SI CONSIGUES LEER LAS PRIMERAS PALABRAS, EL CEREBRO IRÁ DESCIFRANDO LAS OTRAS
C13R70 D14 D3 V3R4N0 3574B4 3N L4 PL4Y4 0853RV4ND0 A D05 CH1C45 8R1NC4ND0 3N 14 4R3N4, 357484N 7R484J484ND0 MUCH0 C0N57RUY3ND0 UN C4571LL0 D3 4R3N4 C0N 70RR35, P454D1Z05 0CUL705 Y PU3N735. CU4ND0 357484N 4C484ND0 V1N0 UN4 0L4 D357RUY3ND0 70D0 R3DUC13ND0 3L C4571LL0 4 UN M0N70N D3 4R3N4 Y 35PUM4. P3N53 9U3 D35PU35 DE 74N70 35FU3RZ0 L45 CH1C45 C0M3NZ4R14N 4 L10R4R, P3R0 3N V3Z D3 350, C0RR13R0N P0R L4 P14Y4 R13ND0 Y JU64ND0 Y C0M3NZ4R0N 4 C0N57RU1R 07R0 C4571LL0; C0MPR3ND1 9U3 H4814 4PR3ND1D0 UN4 6R4N L3CC10N; 64574M05 MUCH0 713MP0 D3 NU357R4 V1D4 C0N57RUY3ND0 4L6UN4 C054 P3R0 CU4ND0 M45 74RD3 UN4 0L4 LL1364 4 D357RU1R 70D0, S010 P3RM4N3C3 L4 4M1574D, 3L 4M0R Y 3L C4R1Ñ0, Y L45 M4N05 D3 49U3LL05 9U3 50N C4P4C35 D3 H4C3RN05 50NRR31R.



miércoles, 3 de octubre de 2012

TRATEMOS DE VIVIR EL TEMPLO DE DELFOS


 En el frontón del templo destacaban los tres preceptos de Delfos más importantes, fácilmente visibles para los visitantes que se acercaban:
Debajo, a la izquierda, ΓΝΩΘΙ ΣΑΥΤΟΝ (Conócete a ti mismo).
A la derecha, ΜΗΔΕΝ ΑΓΑΝ (Nada en exceso).
Έπου θεῴ. Obedece al dios.
Νόμοις πείθου. Obedece a las leyes.
·  Θεούς σέβου. Respeta a a los dioses.
·  Γονείς αίδου. Respeta a tus padres.
·  Ηττώ υπέρ δικαίου. Sométete a la justicia
·  Γνῶθι μαθών. Aprende a aprender.
 ·  Ακούσας νόει. Reflexiona sobre lo que hayas escuchado.
 · Γνῶθι σαυτόν. Conócete a ti mismo.
 ·  Εστίαν τίμα. Honra tu casa.
 ·  Άρχε σεαυτού. Manda de ti mismo.
 · Φίλους βοήθει. Ayuda a tus amigos.
 ·  Θυμοῦ κράτει. Domina tu carácter.
 ·  Όρκῶ μη χρω. No te sirvas de los juramentos.
 ·  Φιλίαν αγάπα. Ama la amistad.
 Παιδείας αντέχου. Persevera en tu educación.
 ·   Σοφίαν ζήτει. Busca la sabiduría.
 ·   Ψέγε μηδένα. No censures.

·  Επαίνει αρετήν. Ensalza la virtud.

·  Πράττε δίκαια. Actúa de modo justo.

·  Φίλοις ευνόει. Sé benévolo con tus amigos.

·  Εχθρούς αμύνου. Aparta a tus enemigos.

·  Ευγένειαν άσκει. Ejercita la nobleza.

·   Κακίας απέχου. Aléjate del mal.

·  Εύφημος ίσθι. Aprende a ser bienhablado.

·   Άκουε πάντα. Escúchalo todo.

·   Μηδέν άγαν. Nada en demasía.

·   Χρόνου φείδου. No pierdas el tiempo.

·  Ύβριν μίσει. Aborrece la arrogancia.

·  Ικέτας αίδου. Respeta a los suplicantes.

·   Υιούς παίδευε. Educa a tus hijos.

·   Έχων χαρίζου. Sé generoso cuando tengas.

·   Δόλον φοβού. Cuídate del engaño.

· Ευλόγει πάντας. Háblale bien a todos.

·  Φιλόσοφος γίνου. Hazte amante del saber.

·   Όσια κρίνε. Estima lo sagrado.

·  Γνους πράττε. Obra de acuerdo con tu conciencia.

·   Φόνου απέχου. No mates.

·  Σοφοίς χρω. Ten trato con los sabios.

·  Ήθος δοκίμαζε. Examina tu carácter.

·  Υφορώ μηδένα. No mires a nadie con desconfianza.

·   Τέχνῃ χρω. Haz uso del arte.

·  Ευεργεσίας τίμα. Honra la buena conducta.

·   Φθόνει μηδενί. No envidies a nadie.

·  Ελπίδα αίνει. Alaba la esperanza.

·  Διαβολήν μίσει. Aborrece la calumnia.

·  Δικαίως κτω. Obtén las cosas justamente.

·  Αγαθούς τίμα. Honra a los buenos.

·  Αισχύνην σέβου. Ten sentimientos de pudor.

·  Ευτυχίαν εύχου. Desea la felicidad.

·  Εργάσου κτητά. Trabaja por lo que es digno de ser adquirido.

·  Έριν μίσει. Odia la discordia.

·  Όνειδος έχθαιρε. Aborrece la injuria.

·  Λέγε ειδώς. Habla cuando sepas.

·  Βίας μη έχου. Renuncia a la violencia.

·  Φιλοφρόνει πάσιν. Muestra benevolencia con todo el mundo.

·   Γλώττης άρχε. Domina tu lengua.

·  Σεαυτόν ευ ποίει. Hazte el bien a ti mismo.

·  Ευπροσήγορος γίνου. Sé amable con todos.

·  Αποκρίνου εν καιρῴ. Responde en el momento oportuno.

·  Πόνει μετά δικαίου. Esfuérzate más allá de lo necesario.

·  Πράττε αμετανοήτως. Actúa sin arrepentimiento.

·  Αμαρτάνων μετανόει. Arrepiéntete cuando te equivoques.

·  Οφθαλμού κράτει. Domina tu mirada.

·   Βουλεύου χρήσιμα. Piensa en lo útil.

·   Φιλίαν φύλασσε. Conserva la amistad.

·   Ευγνώμων γίνου. Sé agradecido.

·  Ομόνοιαν δίωκε. Busca la concordia.

·  Άρρητα μη λέγε. No digas lo indecible.

·  Έχθρας διάλυει. Aniquila el odio.

·  Γήρας προσδέχου. Acepta la vejez.

·  Επί ρώμη μη καυχώ. No alardees de tu fuerza.

·  Ευφημίαν άσκει. Ejercita una buena reputación.

·  Απέχθειαν φεύγε. Evita el resentimiento.

·  Πλούτει δικαίως. Enriquécete de manera honrada.

·  Κακίαν μίσει. Aborrece el mal.

·   Μανθάνων μη κάμνε. No te canses de aprender.

· Ους τρέφεις αγάπα. Ama a quienes te alimentan.

·  Απόντι μη μάχου. No combatas contra aquel que está ausente.

·  Πρεσβύτερον σέβου. Respeta al anciano.

·  Νεώτερον δίδασκε. Enseña a los más jóvenes.

·   Πλούτω απόστει. Distánciate de la riqueza.

·   Σεαυτόν αιδού. Respétate a ti mismo.

·  Μη άρχε υβρίζων. No seas dominado por la arrogancia.

·  Προγόνους στεφάνου. Corona a tus antepasados.

·  Θνήσκε υπέρ πατρίδος. Muere por tu patria.

·   Επί νεκρώ μη γέλα. No te burles de los muertos.

·  Ατυχούντι συνάχθου. Siente compasión por los desgraciados.

·  Τύχῃ μη πίστευε. No confíes en la suerte

lunes, 24 de septiembre de 2012


DR. BERNARDO JARAMILLO SAENZ
ABOGADO-MSc
ACCIONES CONSTITUCIONALES
JUICIOS CIVILES-RECURSOS ANTE LAS CORTES
.JUICIOS ADMINISTRATIVOS- COOPERATIVAS
TRAMITES
OFICINA 213,  2° PISO
Telf.  02 2 901023